LILIÁN LABAQUI: INTERPELACIÓN SOBRE LA DENUNCIA AL SECRETARIO DE HACIENDA POR MALTRATOS

LA EDIL OPOSITORA PRESENTÓ UN DECRETO ENCUADRADO EN UN ARTÍCULO DE LA LEY ORGÁNICA QUE PREVEÉ QUE SE CITE A LOS FUNCIONARIOS A DAR EXPLICACIONES SOBRE ALGUNA TEMÁTICA DE INTERÉS PÚBLICO. DE ESTE MODO EL PROYECTO LLEGARÁ AL RECINTO Y DE SER APROBADO JUAN MANUEL BARENGHI TENDRÁ 5 DÍAS HÁBILES PARA CONCURRIR AL CUERPO Y DAR EXPLICACIONES SOBRE LA DENUNCIA PENAL QUE PRESENTÓ LA SECRETARIA DE ATE PATRICIA FELOY, SOBRE MALTRATOS HACIA SU PERSONA.

Lilián Labaqui habló en exclusiva con www.bragadonoticias.com.ar y puntualizó sobre este proyecto de Decreto presentado hace algunas horas, que busca ser aprobado. “Yo no voy a condenar ni absolver a nadie, encuadrado en la Ley orgánica toda persona pública puede ser convocada a dar explicaciones sobre hechos de índole comunitario”, dijo la edil.

La concejal de la UCR, también habló de otras preocupaciones que han sido tarea en estos meses de verano, cuando no hay sesiones ordinarias, pero expresó que “siempre seguí trabajando”.

ESCUCHÁ LA NOTA COMPLETA ACÁ

Texto del proyecto

Proyecto de Decreto: Convocando al Secretario de Hacienda de la Municipalidad de Bragado a efectos de brindar informe verbal en los términos del artículo 108, inciso 7, del Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias – Ley Orgánica de las Municipalidades –  en el ámbito de la Comisión Asuntos Legales, Derechos Humanos y Peticiones.

Autor: Concejal LIlián Labaqui

Visto

El expediente 38156 que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado  del Partido de Nueve de Julio (en turno) la causa “Feloy Patricia Noemí c/ Barenghi Juan Manuel s/Prot. c/Viol. Fliar. ; y

Considerando

Que la denunciante y el denunciado son actores de la vida comunitaria por el lugar que ocupan en el ámbito político y administrativo gubernamental.

Que la primera, es cabeza de una de las entidades gremiales que sindican a los empleados de la Municipalidad de Bragado y el otro: el Secretario de Hacienda del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bragado.

                        Que deviene pertinente que el Departamento Deliberativo se informe respecto de los hechos que originaron la denuncia y la formación de la causa aludida en el visto del presente Decreto.

                        Que ello se da en observancia de las obligaciones impuestas a la función deliberativa municipal por los alcances de la Ley Nº  14656 y sus modificatorias estableciendo el marco de empleo municipal y regulando las relaciones laborales y negociaciones colectivas de los trabajadores municipales de la Provincia de Buenos Aires fundamentada el Convenio 154 de la Organización Internacional del Trabajo, artículo 22, incisos a), b) y c), ratificado por Ley Nº 23544 y con jerarquía constitucional en los términos del artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional, y las que le fija la norma otganizativa de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires,

Por ello,

EL CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA EL SIGUIENTE

DECRETO

ARTÍCULO 1°.- Convócase al Secretario de Hacienda del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Bragado a efectos de brindar informe verbal sobre el asunto aludido en el exordio, en los términos del artículo 108, inciso 7, del Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias – Ley Orgánica de las Municipalidades –  en el ámbito de la Comisión Asuntos Legales, Derechos Humanos y Peticiones del Honorable Concejo Deliberante

ARTÍCULO 2°.-  Facúltase a la Presidencia a convenir, en los tiempos normados por la cláusula legal referida en el artículo precedente, las especificidades que hagan a la presencia en sede deliberativa del funcionario convocado.

ARTÍCULO 3°.-  Notifíquese al Departamento Ejecutivo.

ARTÍCULO 4°.-  DE FORMA.

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