La reforma del Código Civil y un enfoque de la doctora Paola Alsina
- Estuvo en el programa “Mano a Mano” en radio LATINA
En el programa Mano a Mano que va de lunes a viernes por Radio LATINA 102·1 con la conducción de José María Méndez Susseret, se contó con la visita de la doctora Paola Alsina, (abogada) quien habló de la reforma del Código Civil que entrará en vigencia a partir del mes de agosto del corriente año
Paola Alsina, primeramente señaló que se trata de una importante reforma, ya que fueron reformados más 2·600 artículos del Código Civil
PUNTOS SOBRESALIENTES
Algunos puntos sobresalientes sobre esta importante reforma del Código Civil y para que los lectores vayan sabiendo, Paola comenzó a hablar sobre la figura del matrimonio, expresando que en este caso en el Código Civil se incorpora la figura del matrimonio igualitario y la unión convivencial, que antes tenía validez para ciertas cuestiones y con la reforma del Código pasa a tener la misma validez legal que un matrimonio legalmente constituido
En el marco del matrimonio, también aparece la disolución del mismo, a través de la figura del divorcio express
Comentó que antes para el divorcio se necesitaba el consentimiento de ambas partes y la firma de las mismas, en este caso el divorcio puede ser solicitado por una de las partes y ya no se deberá cumplir con ese plazo mínimo de tres años para poder divorciarse

Reiteró que la petición del divorcio puede ser solicitada por uno de los cónyuges en cualquier momento, luego de la constitución legal del matrimonio
Aclaró que lo que sigue igual con las cuestiones de los alimentos y las viviendas ante la existencia de hijos y en este caso la mujer siempre queda en la vivienda hasta que los hijos sean mayores de edad
ADOPCION
El tema de la adopción es otro de los temas, y según la doctora Paola Alsina, la ley se acordó del tema, puesto que había mucho tiempo que venía rezagado en el tiempo
Señaló que con la modificación del estatuto, se permite el derecho de adoptar a personas solas o bien también a aquellas parejas que no estén legalmente unidas en matrimonio, ya que toman la misma validez que un matrimonio legalmente constituido
Estas dos cuestiones era un impedimento para poder adoptar· Dijo que un juez tendrá 90 días para resolver sobre la situación de adopción·
NOMBRES Y APELLIDOS DE LAS PERSONAS
Se reconoce la posibilidad de recibir nombres aborígenes o derivados de estos y que deben ser aceptados por el Registro de las Personas de manera inmediata·
El tema de los apellidos, señaló que el orden es indistinto y puede ir primero el del padre o el de la madre y en caso de no haber acuerdo entre los progenitores, se sortea en el Registro Civil