“Veritatis splendor (“El esplendor de la verdad)

“VERITATIS SPLENDOR” (“EL ESPLENDOR DE LA VERDAD”)

GELITTI NO COBRÓ 1

 

Finalmente el H. Tribunal de Cuentas desmiente a Raúl Latasa, Marita Gelitti no cobró sumas indebidas dice fallo del 18 de agosto de 2011

Bragado Noticias.com

En una encíclica de unos 20 años atrás el extinto papa Juan Pablo II decía más o menos que el esplendor de la verdad siempre lleva a que el hombre la busque en todo sentido de su vida. En los últimos días han surgido, a partir de la difusión por parte de la vicepresidenta del Concejo Deliberante, Dra. Marita Gelitti, del fallo del Tribunal de Cuentas en el que resuelve aplicar sanciones al Intendente por la venta fuera de la ley de un terreno municipal en O’Brien, una serie de acusaciones a la edil por parte del secretario de Hacienda, Control de Gestión y Patrimonio de la Municipalidad de Bragado, Raúl Latasa.

Como es de público conocimiento, a la difusión de esa  resolución, el señor Latasa respondió sindicando a la Dra. Gelitti de haber percibido sumas indebidas por horas extras que no correspondían durante su desempeño como personal temporario de la Comuna local, además de acusar de parcial al Honorable Tribunal de Cuentas, de ser manejado por la oposición y de formar parte del partido judicial.

Seguidamente la Vicepresidenta del Concejo replicó afirmándose en lo determinado por resolución del Organismo de Control y dijo sentirse agraviada ante las afirmaciones del funcionario de la Administración San Pedro, exhibiendo la concejala los recibos de haberes del período por el cual la acusa Latasa.

Dra Marita Gelitti vicepresidenta 1ª Concejo Deliberante de Bragado

Así, el Secretario de Hacienda volvió a la carga diciendo que “un recibo no puede tapar un expediente” y envió a los medios – algunos no lo publicaron y recibieron cuestionamientos por las redes sociales de parte del señor Latasa – y aseveró que la Dra. Gelitti efectivamente había cobrado indebidamente, haciendo velada alusión de que la representante radical estaba mintiendo. Latasa para corroborar sus dichos presentó “pruebas”, tales fojas del expediente Nº 30.014.0/05 del Honorable Tribunal de Cuentas por el que se analizan las del ejercicio 2005 de la Municipalidad de Bragado (tercer período de la Administración Costa). En esas imágenes puede leerse, en el folio 17 que el Tribunal hace una OBSERVACIÓN sobre Personal Temporario que “se relaciona con el pago de horas extras en el ejercicio 2004 al personal mensualizado: (hay un nombre tachado), María Gelitti y (nombre tachado), en tanto que encomienda a su “Delegación Zonal la identificación de las emisiones (ejercicio 2004) mediante las cuales se abonaron las horas extras a los agentes citados”. A folio 18 de la documentación remitida por Latasa puede leerse la determinación del Tribunal señalando: “Que el Intendente Orlando Alberto Costa, la Contadora Adriana Noemí Delfino y el Tesorero Héctor Roberto Raverta, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta que el H. Tribunal de Cuentas no se pronuncie concreta y definitivamente sobre el tema tratado aquí. Que la reserva oportunamente impuesta debe mantener su vigencia”.

EL ESPLENDOR DE LA VERDAD

Como el secretario Latasa, para corroborar sus dichos, explicó que los fallos del Tribunal pueden bajarse de Internet,  se buscó el expediente. Efectivamente, en la dirección de Internet www.htc.gba.gov.ar, se encontraron todas las actuaciones. O sea: absolutamente todas.

Y ahí surge claramente, con ese esplendor que tiene la verdad y a la que aludía la encíclica del papa polaco, la resolución del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires de fecha 18 de agosto de 2011 (las partes pertinentes de folios 1 y 3 están en las imágenes que acompañan esta nota). Véase con esto cuánto tiempo se toma el Tribunal para examinar las cuentas concienzudamente: El expediente 3.014.0/05 trataba de las Cuentas de Bragado del año 2004 de la gestión de Costa y para esta fecha ya estaba terminando el primer período de gobierno de Aldo San Pedro.

Así, en el folio 3 de esa resolución del Honorable Tribunal de Cuentas puede leerse con toda claridad: “Que la División Relatora, en base al aporte de la Orden de Pago Nº 7740 del 08/09/05 a favor de la Dra. María Gelitti por $ 232,11, junto con su correspondiente documentación de respaldo, CANCELA LA OBSERVACIÓN ORIGINAL, TODA VEZ QUE LOS MISMOS MODIFICAN LA SITUACIÓN OPORTUNAMENTE VERIFICADA…”

Y el Honorable Tribunal de Cuentas en su fallo da una vuelta más de tuerca, ya que en el artículo 1º de la resolución se lee: “MODIFICAR EL FALLO DEL 31/05/07, MUNICIPALIDAD DE BRAGADO, EJERCICIO 2005 (…) dejándose sin efecto el cargo (…) formulado a la Contadora Adriana Noemí Delfino en solidaridad con el Intendente Orlando Alberto Costa…”.

FINAL

De nuestra parte, respecto de las acusaciones del funcionario municipal hacia la Vicepresidenta del Concejo Deliberante, damos por finalizado el tema, y notificamos que no efectuaremos más publicaciones porque, valga el dicho: “La cuentas están claras”.

Porque, como dijo el señor Latasa, que “no se puede tapar el sol con las manos, ni un expediente con un recibo”, señalamos que mostrar medio expediente, ocultándose la parte que no conviene, tampoco tapará la verdad.

Que siempre va a triunfar, como en este caso.

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